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¡ATENCIÓN! Comienza la obligación de registrar un correo electrónico ante la DT

Dadas las modificaciones legales introducidas por la Ley de Modernización de la Dirección del Trabajo, que rigen a partir del 1 de octubre próximo, las notificaciones, citaciones y comunicaciones que realice dicho Servicio serán efectuadas mediante comunicaciones enviadas a la dirección de correo electrónico que se haya registrado en el Portal electrónico de dicha entidad.

Se debe considerar:

  • Empleadores, trabajadores, organización sindical, director sindical y cualquier otra persona o entidad que se relacione con la DT, debe registrar un correo electrónico válido en el portal de dicha entidad.
  • Estas notificaciones, citaciones y comunicaciones tendrán pleno efecto legal y se considerarán efectuadas el tercer día hábil siguiente a la fecha de la emisión del correspondiente correo electrónico.
  • Es fundamental que los empleadores tengan especial cuidado de mantener actualizada la dirección de correo electrónico a la cual deban llegar las referidas notificaciones, dado que ella se considerará vigente para todos los efectos legales, mientras no sea modificado en el mismo portal.
  • Si no se registra el correo electrónico, no recibirán notificaciones, citaciones ni comunicaciones.